El Tribunal Constitucional declaró fundada una demanda de hábeas corpus interpuesta por el extranjero "por considerar que las garantías diplomáticas son insuficientes para garantizar que a Wog Ho Wing no se le aplicaría la pena de muerte", señaló la nota difundida este martes.

Según la declaración, "la República Popular China no ha demostrado que garantice la tutela real del derecho a la vida, pues permite ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias".

En ese sentido, el Tribunal Constitucional ordena el Estado peruano que "se abstenga de extraditar a Wog Ho Wing a la República Popular China".

El Tribunal señaló "que en este caso no resulta procedente la extradición, puesto que no se cumple con el principio de reciprocidad, toda vez que los delitos por los cuales se le pretende extraditar no se encuentran reprimidos en el Estado peruano con la pena de muerte".

Los abogados de Wog Ho Wing recurrieron al Tribunal Constitucional debido a que en marzo del 2010 un tribunal penal de Perú aprobó su extradición a China, donde es acusado de presunta defraudación aduanera, delito que en ese país se castiga con la pena de muerte.

Wog está recluido en un penal de Lima a la espera de le decisión del Ejecutivo.

Fuente:

http://noticias.latam.msn.com/pe/peru/articulo_afp.aspx?cp-documentid=29117312