LA ANTÁRTIDA PERUANA
La Antártida (del griego ανταρκτικως «antarktikos», "opuesto a ártico"), también denominado Continente Antártico o Antártica, es un continente que circunda el Polo Sur. La definición más común comprende como Antártida los territorios al sur del paralelo 60º S, que coincide con la zona bajo el Tratado Antártico. Atendiendo más a la geografía física, el límite estaría en la Convergencia Antártica, incluyendo por ejemplo las islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur (cerca del continente americano). Tiene una forma casi circular de 4.500 km de diámetro y presenta dos pronunciados entrantes que forman una angosta península en forma de "S", proyectada sobre el extremo austral de Sudamérica.
Es el continente más elevado de la Tierra, con una altitud promedio de 2.000 msnm. Alberga alrededor del 80% del agua dulce del planeta. Es también el continente con el promedio de humedad más bajo de la Tierra y el de temperatura promedio más baja.
Bases antárticas
La mayoría de los países miembros del Tratado Antártico mantienen estaciones de investigación científica en la Antártida. Algunas de ellas operan durante todo el año, mientras otras son de carácter temporario y operan sólo en verano. Existe una notable concentración de las bases en la mitad norte de la zona de la Península Antártica. La más antigua en operación continua es la estación argentina Orcadas (desde el 22 de febrero de 1904 (106 años). La Base McMurdo de Estados Unidos (ubicada al sur de Nueva Zelanda), que disponía hasta hace unos años de una microcentral atómica, es la mayor de todas. La estación estadounidense Amundsen-Scott está situada casi en el Polo Sur geográfico (89°59'51"S - 139°16'22"E), mientras que la rusa Vostok (78°28'00"S - 106°48'00"E) y la franco-italiana Concordia (75°06'06"S, 123°23'43"E) son las más cercanas al polo geomagnético sur.
Durante el invierno austral de 2006, 40 bases de 20 naciones operaron en la Antártida y otros 6 países se sumaron en el verano antártico. Estas bases pertenecen a:
Alemania: Georg von Neumayer I (
70°38′00″S 08°15′48″O / -70.633333, -8.26333), al cesar sus actividades por encontrarse cubierta de hielo la Neumayer I ha sido abandonada y substituida en febrero de 2009 por la Neumayer II.
Argentina: Belgrano II, Esperanza, Jubany, Marambio, Orcadas, San Martín.
Australia: Casey, Davis, Mawson.
Brasil:
Comandante Ferraz (
62°05′00″S 58°23′28″O / -62.083333, -58.39111).
Chile:
Escudero,
Frei,
O'Higgins,
Prat.
China: Gran Muralla, Zhongshan, Kunlun.
Corea del Sur: King Sejong. (
62°13′24″S 58°47′21″O / -62.22333, -58.78917)
Estados Unidos: Amundsen-Scott,
McMurdo, Palmer.
Francia:
Dumont D'Urville, Concordia, operada en conjunto con Italia.
India: Maitri (
70°45′57″S 11°44′09″E / -70.76583, 11.73583).
Italia: Concordia (
75°06′06″S 123°23′43″E / -75.10167, 123.39528), operada en conjunto con Francia.
Japón:
Syowa (
69°00′25″S 39°35′01″E / -69.00694, 39.58361).
Noruega:
Troll
72°0′7″S 2°32′2″E / -72.00194, 2.53389
Nueva Zelanda: Scott (
77°51′00″S 166°45′46″E / -77.85, 166.76278).
Polonia: Henryk Arctowski (
62°09′45″S 58°27′45″O / -62.1625, -58.4625)
Reino Unido: Halley, Rothera

Rumania:
Law-Racoviţă
Rusia: Bellingshausen, Mirny, Molodezhnaya, Novolazarevskaya, Progress, Vostok
Sudáfrica: SANAE IV (
71°40′25″S 2°49′44″O / -71.67361, -2.82889)

Ucrania: Base Vernadsky (
65°14′43″S 64°15′24″O / -65.24528, -64.25667). Antigua base británica
Faraday, transferida a Ucrania el 6 de febrero de 1996.
Uruguay:
Artigas, en la Isla Rey Jorge (
62°11′04″S 58°54′09″O / -62.18444, -58.9025) y
ECARE en bahía Esperanza.
Otros países operan estaciones científicas solamente en verano austral, como:
Bulgaria: San Clemente de Ohrid (
62°38′29″S 60°21′53″O / -62.64139, -60.36472)
Ecuador: Pedro Vicente Maldonado
España: Juan Carlos I, Gabriel de Castilla
Finlandia: Aboa unida a la base sueca Wasa
PERÚ: [Base Antártica:] "Machu Picchu".
Suecia: Wasa unida a la base finesa Aboa.
Tratado Antártico
Fue firmado el 1 de diciembre de 1959 en Washington y entró en vigencia el 23 de junio de 1961. Establece el marco legal para la gestión de la Antártida, y su ejecución se administra a través de reuniones consultivas (bianuales hasta 1991, anuales desde entonces). El Tratado dispone que:
- El área antártica sólo debe usarse con fines pacíficos. Se prohíben las actividades militares, tales como las pruebas de armamento, pero se permite el uso de personal y equipo militar en apoyo de actividades científicas u otros propósitos pacíficos;
- Continuará la libertad de investigación científica, y la cooperación entre las partes con ese propósito;
- Se intercambiará libremente información y personal en cooperación con las Naciones Unidas y otros organismos internacionales;
- No se disputan ni se afirman reclamos territoriales vigentes a la firma del Tratado, ni se admiten nuevos reclamos mientras el Tratado esté en vigencia;
- Se prohíben las explosiones nucleares y el depósito de residuos radiactivos;
- Se incluyen bajo la jurisdicción del Tratado todas las tierras y las barreras de hielo al sur de los 60°00' de latitud sur, pero no el alta mar al sur de ese paralelo;
- Los observadores de los estados miembros tendrán libre acceso a cualquier área, incluyendo el derecho de observación aérea, y podrán inspeccionar todas las estaciones, instalaciones y equipo;
- Se deberá notificar por anticipado toda actividad, así como la introducción de personal militar;
- Los observadores, científicos de intercambio y personal de apoyo de estos quedan bajo la jurisdicción del estado del cual son ciudadanos;
- Se realizarán reuniones consultivas frecuentes entre los estados miembros, pero para enmendar el Tratado se requiere unanimidad;
- Los estados miembros desalentarán las actividades de cualquier país en la Antártida que sean contrarias a los objetivos del Tratado;
- Quedará abierto a la adhesión de cualquier Estado que sea miembro de las Naciones Unidas, o de cualquier otro Estado que pueda ser invitado a adherirse al Tratado con el consentimiento de todas las Partes Contratantes;
- Las disputas serán resueltas amistosamente por las partes involucradas y, en última instancia, por la Corte Internacional de Justicia.
Existen además unas 170 recomendaciones adoptadas en las reuniones consultivas y ratificadas por los estados miembros, incluyendo las Medidas Acordadas para la Conservación de la Fauna y la Flora Antártica (1964), la Convención para la Conservación de las Focas Antárticas (1972), la Convención sobre la Conservación de los Recursos Marinos Vivos Antárticos (1980), un acuerdo sobre recursos minerales que fue firmado en 1988 y luego rechazado, y el Protocolo sobre Protección Ambiental, firmado el 4 de octubre de 1991 y en vigencia desde el 14 de enero de 1998. Este Protocolo procura proteger el medio ambiente antártico mediante cinco anexos específicos sobre contaminación marina, fauna y flora, evaluaciones de impacto ambiental, gestión de residuos, y áreas protegidas; también prohíbe todas las actividades relacionadas con recursos minerales excepto la investigación científica.
El Tratado Antártico considera dos clases de miembros: los consultivos o plenos (con voz, voto y veto en la toma de todas las decisiones vinculadas al espacio austral) y los miembros no consultivos, o adherentes, que cuentan sólo con derecho a voz.
Son miembros consultivos Alemania, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Chile, China, Corea del Sur, Ecuador, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, India, Italia, Japón, Nueva Zelandia, Noruega, Países Bajos, Perú, Polonia, Reino Unido, Rusia, Sudáfrica, Suecia, Ucrania y Uruguay.
Son miembros no consultivos Austria, Bielorrusia, Canadá, República Checa, Colombia, República Popular Democrática de Corea, Cuba, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Guatemala, Hungría, Mónaco, Papúa Nueva Guinea, Rumania, Suiza, Turquía y Venezuela. [9]
La Secretaría del Tratado Antártico tiene sede en Buenos Aires, Argentina. El secretario a mayo de 2005 era el neerlandés Jan Huber.
RECLAMACIONES TERRITORIALES
Siete de los estados miembros consultivos del Tratado Antártico mantienen reclamaciones sobre importantes sectores del territorio antártico. En virtud del artículo 4° del tratado existe un "congelamiento" permanente, mientras dure el tratado, de los litigios de soberanía sobre la Antártida, manteniéndose las reclamaciones que fueron hechas valer antes de la firma del mismo e impide durante su vigencia que se hagan nuevas reclamaciones de soberanía o se amplíen las existentes.
Las reclamaciones territoriales, en general, no son reconocidas por otros países ni por las Naciones Unidas y algunas se apoyan en la Teoría de los Sectores Polares. Nueva Zelanda, Australia y el Reino Unido, se reconocen mutuamente sus reclamaciones antárticas. Argentina y Chile también se reconocen mutuamente sus derechos antárticos, sin establecer el límite común y denominan al conjunto de sus territorios antárticos como Antártida Sudamericana. Estados Unidos y Rusia rechazan cualquier reclamación territorial, pero al momento de firmar el tratado, se han reservado el derecho de hacerlo en caso de que otros estados intenten hacer efectivos los suyos.
Los países que mantienen reclamaciones de soberanía son:
Argentina (Antártida Argentina), es el territorio entre los 25°O y los 74°O al sur del los 60°S, forma uno de los 4 departamentos de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, excepto las islas Orcadas del Sur que integran el Departamento Islas del Atlántico Sur de esa provincia. La reclamación fue delimitada en 1942 y se superpone parcialmente con la chilena y totalmente con la británica;
Australia (Territorio Antártico Australiano, en inglés Australian Antarctic Territory), entre los 45°E y los 136°E y entre los 142°E y los 160°E, al sur de los 60°S, reclamo de 1933, uno de los 7 territorios externos de Australia;
Chile (Territorio Chileno Antártico), entre los 53°O y los 90°O, (sin límite norte) delimitado en 1940, corresponde a la Comuna Antártica, una de las dos comunas de la Provincia de la Antártica Chilena, XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena. Superpuesto parcialmente con la reclamación argentina y la británica;
Francia (Tierra Adelia, en francés Terre Adélie), entre los 136°E y los 142°E, al sur de los 60°S, reclamación de 1924, uno de los 4 distritos de las Tierras Australes y Antárticas Francesas;
Noruega (Tierra de la Reina Maud, en noruego Dronning Maud Land), entre los 20°O y los 45°E, (sin límites definidos en el norte ni en el sur, se entiende generalmente que sólo reclamó la costa para proteger sus derechos balleneros) reclamada en 1938, y la isla Pedro I (68°50'S 90°35'O), reclamación de 1929;
Nueva Zelanda (Dependencia Ross, en inglés Ross Dependency), entre los 150°O y los 160°E, al sur de los 60°S, reclamación de 1923, como un territorio dependiente neozelandés;
Reino Unido (Territorio Antártico Británico, en inglés British Antarctic Territory), entre los 20°O y los 80°O, al sur de los 60°S, reclamación de 1908 (con sus límites actuales fijados en 1962) como un territorio de ultramar, superpuesto totalmente con la reclamación argentina y parcialmente con la chilena.
PAÍSES QUE HAN DEJADO CONSTANCIA DE SU RESERVA DE DERECHOS O INTERÉS EN PARTICIPAR EN UN FUTURO REPARTO TERRITORIAL DE LA ANTÁRTIDA
Este grupo de países que participan como miembros consultivos del Tratado Antártico, tienen interés territorial en el continente antártico, pero por disposiciones del propio Tratado Antártico no pueden formular sus reclamaciones mientras dure su vigencia.[10] [11]
España
Sudáfrica
con base en la Teoría de la Defrontación, han expresado sus derechos antárticos:
Brasil
Ecuador
PERÚ
Uruguay
Del mismo modo Rusia y los Estados Unidos, firmantes originales del Tratado reservaron su derecho a realizar reclamaciones en cualquier momento si otros países hacen valer las suyas.
Rusia
Estados Unidos
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TEORÍA DE LA DEFRONTACIÓN
La teoría de la defrontación o de enfrentación, es una tesis creada para justificar la presencia del Brasil en un repartimiento futuro de un sector de la Antártida denominado Antártida Americana o Cuadrante Antártico Sudamericano, que fue creada por la geopolítica brasileña Therezinha de Castro y publicada en su libro Antártica: Teoria da Defrontação.
Sobre esta teoría se sustentan las posibles reclamaciones brasileñas a un sector de la Antártida y dio lugar al interés antártico de otros estados sudamericanos que fueron incluidos en el marco teórico de su aplicación: Uruguay, PERÚ y Ecuador. Más recientemente se ha despertado el interés de Colombia sobre la Antártida, en base a la proyección que la isla de Malpelo le daría aplicando la Teoría de la Defrontación, pese a que ésta no lo contempla, además que dicha proyección parte de una zona comprendida completamente en el hemisferio norte. El 31 de enero de 1989 Colombia pasó a ser miembro adherente del Tratado Antártico.
Aunque la teoría contempla también sectores para la Argentina y Chile, estos países la rechazan, pues de aplicarse la misma, el repartimiento se haría sobre los sectores que ambos países reclaman como porciones de su territorio soberano en la Antártida: la Antártida Argentina y el Territorio Chileno Antártico. Ambos países adhieren a la Teoría de los Sectores Polares.
Origen de la teoría
Por no haber participado en el Año Geofísico Internacional, Brasil no fue invitado a participar en la conferencia antártica que dio lugar a la firma del Tratado Antártico el 1 de diciembre de 1959. Ya habían surgido en el Brasil visiones geopolíticas que postulaban que ese país debía desarrollar una fuerte presencia en el océano Atlántico Sur que llegara hasta la Antártida, lo cual incentivó el interés brasileño en ese continente. Entre los principales promotores de esa visión geopolítica brasileña se hallaban Therezinha de Castro y Carlos Delgado de Carvalho. Ambos postularon en 1956 su Teoria da Defrontação, publicando Castro ese año el artículo A Questão da Antártica, que recibió el apoyo de sectores militares brasileños y que se difundió en 1971 logrando que ese país adhiriera al Tratado Antártico el 16 de mayo de 1975. La teoría le asigna al Brasil 500.000 km2 en la Antártida[1] y postula que los países del hemisferio norte debían entregar sus bases a los del hemisferio sur en la zona del Cuadrante Americano. El desarrollo del interés antártico hizo que el Brasil realizara su primera expedición a la Antártida en 1982, pasando a ser miembro consultivo del tratado desde el 12 de septiembre de 1983 e inaugurara su primera base (Estación Antártica Comandante Ferraz) en la Antártida el 6 de febrero de 1984.
La teoría
La teoría se basa en la proyección de las costas sudamericanas sobre las costas de la Antártida mediante los mismos meridianos. Los puntos costeros más extremos al occidente y al oriente de cada país definen los meridianos que se proyectarían sobre la Antártida. Se toman en cuenta también las islas para ampliar el arco de proyección más allá de las costas sudamericanas.[2]
El sector de aplicación de la teoría, entre los meridianos 24° y 90° de longitud oeste de Greenwich hasta el polo sur, corresponde a parte de la Zona de Seguridad Americana establecida por el artículo IV del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), firmado en Río de Janeiro el 2 de septiembre de 1947. Se argumentó que los países americanos son responsables de la defensa de ese sector antártico en virtud de ser parte de la zona cubierta por el TIAR, y por ello tienen derechos también a su posesión futura.
La teoría postula que solo puede ser aplicada a los países del hemisferio sur de América que poseen costas marítimas proyectables hacia la Antártida, los que serían:[3] [4]
- Ecuador: desde el límite occidental de la zona de seguridad del TIAR a los 90° O (islas Galápagos) hasta los 81° 19' 49 O (punta Balcones en el Departamento de Piura)
- PERÚ: desde los 81° 19' 49 O hasta los 80° 50' 15 O (isla Alejandro Selkirk en las islas Juan Fernández)
- Chile: desde los 80° 50' 15 O hasta los 67° 16' 50 O (cabo de Hornos)
- Argentina: desde los 67° 16' 50 O hasta los 56° 39' 53 O (punta Médanos del cabo San Antonio)
- Uruguay: desde los 56° 39' 53 O hasta los 53° 22' 10 O (arroyo del Chuí)
- Brasil: desde los 53° 22' 10 O hasta los 24° O (límite oriental de la zona de seguridad del TIAR al este de las islas Martín Vaz)
Las islas chilenas ubicadas en la Polinesia: isla de Pascua e isla Sala y Gómez, no son consideradas por no ser parte de América. Tampoco se tiene en cuenta la proyección que podría corresponder a las islas Malvinas y a las islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur, administradas por el Reino Unido, pero reclamadas activamente por la Argentina. Ni se consideró la proyección de la isla colombiana de Malpelo, por ser éste un país del hemisferio norte. En el caso del Ecuador, la teoría solo contempla su proyección en base a las islas Galápagos y no a su territorio continental, que no se proyecta sobre la Antártida.[5]
La teoría pretende ser el instrumento para que los países sudamericanos tengan una postura común en un eventual reparto de la Antártida.
Posición del Brasil ante la Antártida
Al adherir al Tratado Antártico el 16 de mayo de 1975, Brasil expresó sus reservas con relación a sus derechos territoriales en la Antártida haciendo su primera mención oficial de la Teoría de la Defrontación. Sin embargo, el gobierno brasileño nunca ha expresado reclamo alguno al territorio antártico, manteniendo su política al respecto dentro de los cánones del Tratado Antártico, que prohibe realizar nuevas reclamaciones de soberanía. Diversas fuentes señalan que en 1986 se definió una zona de interés brasileño en la Antártida, correspondiente al sector desde el polo sur al paralelo 60° S y entre los meridianos 28° O y 53° O.
El Tratado Antártico señala respecto de nuevas reclamaciones:
Artículo IV: El Tratado no afecta los derechos de soberanía de las Partes Contratantes o sus reclamaciones territoriales que hubieren hecho valer anteriormente. Se prohíbe formular nuevas reclamaciones territoriales mientras el Tratado se encuentre en vigencia. Nada de lo que se haga mejorará o empeorará las actuales reclamaciones territoriales.
Brasil al firmar el Tratado Antártico adhirió también a la postura de que el mismo tiene características erga omnes, es decir que obliga a su cumplimiento a todo el mundo, hayan adherido a él o no. Muchos consideran esto contrario al artículo 34 de la Convención de Viena de 1969 sobre derechos de los tratados, la cual deja claro que un tratado no crea ninguna obligación ni derechos para un tercer estado, sin su consentimiento.
Ecuador
En 1967 la Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, tomando como base los estudios realizados por el coronel Marcos Bustamante, declaró los derechos ecuatorianos a poseer un sector de la Antártida en consonancia con la Teoría de la Defrontación, que fue invocada entre los fundamentos:[6]
La República del Ecuador, tiene derecho a la parte de la Antártida interceptada por los meridianos 84° 30' y 96° 30' de longitud oeste de Greenwich, por estar situada en el continente Sudamericano, con su territorio continental y su posición insular de las Islas Galápagos, con la soberanía del mar territorial de 200 millas, tanto en el continente, como en las Islas Galápagos y de acuerdo con la teoría reconocida por otros países, de accesión por sectores polares, defrontación o enfrentación.
Ecuador fijó sus reclamos antárticos entre los meridianos extremos del archipiélago de Colón (Galápagos), tomando en cuenta el mar territorial que reclama desde esas islas. Totalizando 323.000 km2 sobre la Antártida. Esa declaración originó una protesta de Chile.
Sin embargo, Ecuador no realizó ninguna actividad antártida hasta el envió en 1984 de dos oficiales invitados por la Armada de Chile. El 15 de septiembre de 1987 Ecuador adhirió al Tratado Antártico y el 19 de noviembre de 1990 adquirió la categoría de miembro consultivo, fundando ese año la Base Pedro Vicente Maldonado. El 6 de junio de 1987, al aprobar el ingreso al Tratado Antártico, el Congreso reafirmó la declaración de 1967.
En su Constitución Política sancionada en 2008, se han fijado sus derechos antárticos:
Art. 4.-El Estado ecuatoriano ejercerá derechos sobre los segmentos correspondientes de la órbita sincrónica geoestacionaria, los espacios marítimos y la Antártida.
TITULO I - ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO - Capítulo primero - Principios fundamentales
PERÚ
En 1976 la Sociedad Geográfica de Lima postuló que el Perú tenía derecho al sector de la Antártida entre los meridianos 81° 20' O (correspondiente a punta Balcones) y 75° 40' O (correspondiente a playa la Rinconada Sur). Se aplicaba así una forma modificada de la Teoría de la Defrontación sin tener en cuenta la proyección chilena de las islas de Juan Fernández. Esta iniciativa llevó a que el 3 de mayo de 1979 la Asamblea Constituyente del Perú aprobara la declaración:
La Asamblea Constituyente declara que el Perú, país del hemisferio austral, vinculado a la Antártida por costas que se proyectan hacia ella, así como por factores ecológicos y antecedentes históricos, propicia la vigencia de un régimen internacional que, sin desmedro de los derechos que corresponden a la Nación, asegure, en beneficio de toda la humanidad, la racional y equitativa explotación de los recursos de dicho continente.
El 10 de abril de 1981 el gobierno peruano declaró que:
El territorio Antártico Peruano está comprendido entre los meridianos 84° y 90° Longitud Oeste y hasta el Polo Sur, a los 90° Latitud Sur.
Ese día el Perú se incorporó al Tratado Antártico como miembro adherente.En 1989 fundó la Base Machu Picchu y adquirió el status de miembro consultivo. En 1993 la Asamblea Constituyente amplió la declaración de 1979:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRÁTICO DECLARA que el Perú, país del hemisferio austral, vinculado a la Antártida por costas que se proyectan hacia ella, así como por factores ecológicos y antecedentes históricos, y conforme con los derechos y obligaciones que tiene como parte consultiva del Tratado Antártico, propicia la conservación de la Antártida como una Zona de Paz dedicada a la investigación científica, y la vigencia de un régimen internacional que, sin desmedro de los derechos que corresponden a la Nación, promueva en beneficio de toda la humanidad la racional y equitativa explotación de los recursos de la Antártida, y asegure la protección y conservación del ecosistema de dicho Continente.
Uruguay
La teoría despertó también el interés uruguayo en la Antártida. En 1968 el profesor Julio César Musso, presidente del Instituto Antártico Uruguayo creado ese año, publicó el libro Antártida Uruguaya. Al adherir al Tratado Antártico el 11 de enero de 1980, Uruguay reservó sus derechos territoriales sobre la Antártida que pudieran corresponderle como consecuencia de su situación geográfica e influencia que la Antártida ejerce en su clima. El 22 de diciembre de 1984 creó la Base Científica Antártica Artigas. El 7 de octubre de 1985 Uruguay adquirió la categoría de miembro consultivo del Tratado Antártico.
Fuentes:
http://es.wikipedia.org/wiki/Ant%C3%A1rtida
http://es.wikipedia.org/wiki/Teor%C3%ADa_de_la_Defrontaci%C3%B3n